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Protección de la identidad digital en la era cripto

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EN RESUMEN

  • ¿Estarías dispuesto a perder tu privacidad por disponer de una "dirección pública"? 
  • El postureo también ha llegado al mundo cripto. 
  • Considero que el derecho a la privacidad debería actuar como límite a la transparencia ofrecida por la blockchain.
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Imaginemos por un momento que si tecleamos en google el IBAN de tu cuenta bancaria, todo el mundo pudiera conocer con detalle las transferencias y pagos que has realizado con tu tarjeta de crédito. ¿una locura?, ¿ataque a tu privacidad? Pues, a día de hoy, esto es lo que sucede en el mundo cripto.

La blockchain funciona como un libro contable público e inmutable, donde a través de sus buscadores (etherscan.io para Ethereum o blockchain.com para Bitcoin), puedes:

  • Consultar cualquier transacción que se haya ejecutado, 
  • Conocer la cartera que ha enviado y recibido los fondos, 
  • Saber la hora de ejecución de la transacción y el importe que se ha transmitido. 
  • Trazar la procedencia de los fondos para así conocer por qué carteras han pasado tus activos (a modo de ejemplo, podrías averiguar por qué manos ha pasado antes de llegar a ti el billete de 5€ que te da de cambio el frutero).

Estas funcionalidades que nos aporta cripto, desde un punto de vista regulatorio, supone un gran avance para la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (PBC/FT) respecto al sistema bancario tradicional. Blockchain te da la infraestructura necesaria para poder conocer al detalle todas las transacciones realizadas desde una billetera, el origen y destino de los fondos, y en algunos casos, la identidad de la persona detrás de la dirección.

Direcciones públicas vinculadas

Para poder transferir criptoactivos desde una cartera a otra, es necesario conocer la dirección del sujeto que va a recibir los fondos. Si lo asemejamos al sistema bancario tradicional, deberías conocer el IBAN de la cuenta a la que vas a enviar el dinero. 

En blockchain, el formato de la billetera es alfanumérico. Así, una dirección de Ethereum tendría el siguiente formato: 0xd8dA6BF26964aF9D7eEd9e03E53415D37aA96045. Difícil de recordar, ¿verdad? Por no mencionar el problema con el que te encontrarías si te equivocas al introducir la dirección. 

En el sistema bancario actual, si introduces mal un IBAN, podrías contactar con tu banco para que cancelaran la transferencia. Sin embargo, en cripto lo único que podrías hacer es confiar en la buena fé humana: escribir comentarios en la dirección del buscador, rezar porque el titular los lea y decida devolver los fondos.

Para solucionar el dilema de las direcciones alfanuméricas aparece el protocolo Ethereum Name Services (ENS), cuya función es la de vincular un dominio (.eth), fácil de memorizar, a tu dirección de Ethereum. De tal manera que para realizar una transferencia de ether, solo tendrías que conocer el dominio vinculado a la billetera de destino. Por ejemplo, la dirección indicada anteriormente, está vinculada al dominio vitalik.eth, perteneciente a Vitalik Buterin, fundador de Ethereum.

Fuente: Etherscan.io

Con la implementación de este protocolo dentro de Ethereum, no solo se mejora la usabilidad de la red, si no que también aumenta la transparencia en la misma. Podremos conocer las direcciones de personas relevantes del sector, ya que habitualmente tienen su dominio vinculado a su nombre de Twitter o incluyen sus nombres y apellidos.

Fuente: Twitter

No obstante, el debate está servido, pues con ENS ganas en usabilidad y transparencia, pero, ¿estarías dispuesto a perder tu privacidad por disponer de una “dirección pública”? 

En mi opinión, es un derecho al que no se debería renunciar. La blockchain siempre será pública para poder consultar todas las billeteras y sus movimientos, pero sería un error vincularla con un alias o nombre personal, ya que cualquier persona en el mundo con acceso a internet, podrá trazar el origen y destino de los fondos, y por consiguiente, conocer posibles billeteras secundarias personales que no querías hacer públicas. Es como publicar por Twitter cada día un pantallazo de todos los movimientos de tu cuenta bancaria.

Si bien es cierto, la gran mayoría de dominios ENS son utilizados por personajes públicos dentro del sector, que simplemente utilizan esa billetera a modo simbólico. Estos exponen en su cartera los NFTs más caros que poseen o muestran fuerza con su gran balance de ETH. Efectivamente, el postureo también ha llegado al mundo cripto

Coin Mixers: los reyes de la privacidad

Antes de nada, vamos a introducir el concepto de mixer: estas plataformas permiten mezclar tus criptomonedas depositadas con las de otros usuarios, consiguiendo perder la trazabilidad y mejorando la privacidad en tus transacciones. 

Pongamos un ejemplo práctico: 3 amigos tienen 1 moneda idéntica cada uno, la introducen en un saco y las remueven. Después cada uno saca 1 moneda de nuevo sin poder conocer a quién pertenecía anteriormente. 

Un informe reciente de Chainalysis indica que en el año 2022 se han alcanzado máximos históricos en el uso de Coin Mixers. Aunque, si bien es cierto que este tipo de plataformas están muy cuestionadas, en la medida que son utilizadas comúnmente por ciberdelincuentes que buscan perder la trazabilidad de los fondos procedentes de hackeos o actividades delictivas. 

Fuente: Chainalysis

Por ello, entidades regulatorias como el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) desde un punto de vista de PBC/FT, recomiendan a las empresas del sector cripto evitar aceptar fondos provenientes de coin mixers, ya que, en su gran mayoría, tienen una procedencia ilícita. 

De hecho, desde Estados Unidos ha surgido una gran polémica esta semana. El U.S. Treasury ha declarado ilegal el uso de Tornado Cash, protocolo de ethereum enfocado en la privacidad y mezclado de monedas virtuales. Tras esta acción del gobierno estadounidense, un donante anónimo comenzó a enviar 0.1 ETH desde Tornado Cash a billeteras públicas vinculadas a personas famosas, entre ellos Brian Armstrong (CEO de Coinbase), Logan Paul o Steve Aoki. Esta “donación envenenada” podría ocasionar serios problemas a los receptores de los fondos.

Fuente: etherscan.io

Transparencia vs privacidad

El uso de blockchain permite a los reguladores tener un mayor control de las transacciones y, por ende, de las actividades delictivas mediante su trazabilidad. Sin embargo, todo ello juega en contra de la privacidad de tus activos. En especial sobre los dominios ENS, donde además de poder conocer todas tus transacciones, se te vincula públicamente con una billetera. 

Tras la prohibición de EEUU al uso de Tornado Cash, auguro un futuro obsoleto para los dominios ENS o direcciones públicas conocidas. Tornado cash ayuda a la gran mayoría de ellos a poder enviar o recibir fondos en sus carteras, con la única finalidad de evitar que el resto de sus direcciones se conviertan en públicas. Sin este protocolo, muchos se lo pensarán dos veces antes de donar a ciertas causa.

Fuente: Twitter

En conclusión, la transparencia es buena para determinados aspectos como puede ser la política, donde las decisiones trascendentales que toman afectan a todo un grupo poblacional, incluso los diferentes sistemas de pagos que se están creando sobre blockchain. No obstante, considero que el derecho a la privacidad debería actuar como límite a la transparencia ofrecida por la blockchain, no debiendo estar las cuentas, salvo que el propietario lo desee, vinculadas a una identidad. En la era de Internet y las redes sociales, debemos ser más conscientes que nunca de la importancia de proteger nuestro derecho a la privacidad.

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Juan Oliveros
Graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Actualmente trabaja en el departamento de Compliance de Onyze, empresa de custodia de activos digitales. Especialista en FinCrime y Prevención de Blanqueo de Capitales en el sector cripto.
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