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¿Cómo la ley del Congreso para criptoactivos en Perú afecta a los inversores?

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Editado por Eduardo Venegas
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EN RESUMEN

  • Algunos miembros de la industria de criptomonedas en el Perú aseguran que la iniciativa cuenta con problemas de forma y fondo.
  • El proyecto establece que los exchanges que operen deben ser constituidos en Perú como personas jurídicas domiciliadas en el Perú.
  • El documento es contrario a lo establecido en el Tratado de Libre Comercio, que señala que no se puede obligar a una empresa extranjera a constituir una sociedad en el Perú.
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El 8 de julio la Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el predictamen de la ley que busca regular las empresas de criptoactivos en Perú. Estas son algunas de las consideraciones a tener en cuenta de esta normativa.

En enero de 2022 el congresista peruano Jose Luis Elías Ávalos presentó el Proyecto de Ley “Ley Marco de Comercialización de Criptoactivos”. Este proyecto tiene como objetivo regular las organizaciones que brindan servicios de criptoactivos en Perú.

Los pros y contras de la regulación de empresas de criptoactivos en Perú

Actualmente, el proyecto ya fue aprobado en la Comisión de Economía del Congreso de la República. Después de este paso, el documento sigue su camino para ser aceptado en su totalidad. Sin embargo, existen varias posiciones relacionadas a la pertinencia, pros y contras del proyecto.

En primera instancia la Asociación Blockchain Perú señaló al medio Gestión de Perú, que la iniciativa cuenta con problemas de forma y fondo. Lo anterior lo indica debido a que, en su proceso de elaboración, el proyecto de ley “nunca recogió las observaciones de especialistas, ni de entidades reguladoras”.

Óscar Orcón, director del sistema financiero y mercado de capitales del Ministerio de Economía y Finanzas, también apoya esta visión. Según Orcón, el proyecto no toca temas relevantes como los mecanismos de supervisión ni los controles sobre prevención de lavados de activos y financiamiento de terrorismo.

Otro tema importante es que el proyecto de ley está construido para indicar al usuario que él es el único responsable de invertir su dinero en las plataformas de criptoactivos en Perú. Lo anterior queda en evidencia en varios apartados del proyecto de ley, como en el artículo quinto.

“La adquisición y uso de criptoactivos y criptomonedas son responsabilidad absoluta de sus compradores y propietarios quienes basándose en principios de libre mercado y de libre competencia, deben procurar informarse de los riesgos inherentes a la negociación con activos de cualquier clase.”

Sin embargo, para la Comisión de Economía y Finanzas del Congreso de Perú, el marco legal para la comercialización con criptoactivos proporcionará “claridad, transparencia y seguridad jurídica” a los inversionistas y emisores de criptomonedas.

Los principales puntos del proyecto que afectarían a inversores

Expertos señalan que el proyecto de ley no hace mención a los diferentes modelos de negocio de la industria de las cripto.
Expertos señalan que el proyecto de ley no hace mención a los diferentes modelos de negocio de la industria de las cripto. Fuente: Documento del Proyecto de Ley.

Además de los puntos mencionados anteriormente, Roberto Vargas, presidente de la Asociación Fintech del Perú también compartió su punto de vista. Para Vargas, el proyecto de ley no hace mención a los diferentes modelos de negocio de la industria de las cripto, como lo son los exchangers medianos y pequeños o la minería de criptomonedas.

Por lo anterior, es necesario que este tipo de leyes sean más exactas a la hora de comunicar lo que se regulará. Por ejemplo, en el caso de Colombia, desde 2022 se había estado presentando un proyecto de ley que buscaba regular “los exchanges en el país”. Los ponentes del proyecto decidieron acotar su alcance debido a que se podía prestar para confusiones.

De igual manera, Alejandro Morales, abogado especialista en asuntos tecnológicos, aseguró que al no hacer la diferencia entre criptoactivo y criptomoneda, la legislación podría representar problemas graves para el mercado. Además, quienes sean inversionistas y lleven su compañía de criptoactivos a Perú, no tendrían claridad de la normativa que deben seguir.

“Realmente el proyecto no hace diferencia entre criptoactivo y criptomoneda, en virtud de ese error conceptual no se resuelven problemas muy grandes en el mercado de criptoactivos. En primer lugar es un PL que solo alcanzaría a estas plataformas digitales, pero ¿qué ocurre con los emisores de criptoactivos?. Ese es uno de los principales retos que hay actualmente; al empresario que quiere crear su criptoactivo, qué norma se le aplican. ¿La del mercado de valores? ¿Civil o mercantil? Si no hay una normativa ad hoc, ahí se genera un problema.”

Para Juan José Miranda, presidente del Consejo Directivo de ABPE, existen aun varias mejoras que podrían ayudar a que esta ley sea más significativa para el mercado de criptoactivos en Perú.

“Hay que abrir el debate y generar el mejor proyecto de Ley que podamos para aprovechar esta increíble ventana de oportunidad que nos trae la criptoeconomía y la Web3, no podemos dejar que el tren vuelva a pasar de nuevo sin aprovecharlo.”

¿El proyecto de ley iría en contra de disposiciones del Tratado de Libre Comercio con EEUU?

Por otro lado, el proyecto de ley establece que los exchanges que operen deben ser constituidos en Perú como personas jurídicas domiciliadas en el Perú. Lo anterior resulta ser un impedimento para varias compañías inversionistas. Incluso, de acuerdo al abogado Morales, ese apartado del proyecto de ley podría ir en contra del derecho al libre comercio.

“La pregunta es: ¿realmente se puede obligar a empresas extranjeras a hacer eso, o, no va en contra de algunos tratados internacionales? Es una de las principales dudas. El Tratado de Libre Comercio señala que uno no puede obligar a una empresa extranjera a constituir una sociedad en el Perú, porque es un negocio completamente en línea. ¿Qué sucede si hay una sociedad que tiene operaciones de exchange? Pero, su oferta ni siquiera está dirigida a peruanos pero lo utilizan. En ese caso, ¿tendrían que registrarse? ¿Se les puede obligar? ¿Cómo lo pones en marcha o como lo ejecutas?.”

Entre los países seleccionados, Perú tenía una tasa de adopción de criptomonedas de 13% durante el bull market.
Entre los países seleccionados, Perú tenía una tasa de adopción de criptomonedas de 13% durante el bull market. Fuente: Statista

De acuerdo a lo mencionado por el abogado Morales, el artículo 11.5 del Tratado de Libre Comercio de Perú con Estados Unidos hace referencia al tema.

“Ninguna parte podrá exigir al proveedor de servicios de otra Parte establecer o mantener oficinas de representación o cualquier otras forma de empresa, o ser residente en su territorio como condición para el suministro transfronterizo de un servicio.”

Por el momento solo queda esperar para conocer si el Congreso estará de acuerdo en abrir un espacio de debate. De esta manera, otros protagonistas del mundo cripto podrían entrar a hacer parte de la conversación.

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Descargo de responsabilidad: siguiendo las pautas de Trust Project, este artículo presenta opiniones y perspectivas de expertos de la industria o individuos. BeInCrypto se dedica a la transparencia de los informes, pero las opiniones expresadas en este artículo no reflejan necesariamente las de BeInCrypto o su personal. Los lectores deben verificar la información de forma independiente y consultar con un profesional antes de tomar decisiones basadas en este contenido.

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Elisa Lince
Elisa es escritora desde hace 10 años y amante de la poesía. Su trabajo ha sido publicado en diferentes periódicos, revistas y algunos libros de poesía. En los últimos años nació su interés particular por la tecnología, y actualmente está aprendiendo sobre el mundo de la criptoeconomía para explorar otra forma de plasmar sus letras.
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