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El reglamento “TFR”: el brazo armado de la MiCA en Europa

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Editado por Martín Robaldo
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EN RESUMEN

  • El Reglamento TFR pretende acompañar las transferencias de criptoactivos con determinada información.
  • El nuevo Reglamento TFR se inspiró en el Travel Rule.
  • La aplicación del MiCA y el Reglamento TFR atraerá la industria cripto a Europa
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Tras un peregrinaje legislativo de casi tres años, el pasado 16 de mayo de 2023 el Consejo Europeo ratificó el Reglamento MICA que un mes antes había sido aprobado por el Parlamento comunitario. Con la nueva regulación llega Reglamento Transfer of Funds Regulation (TFR) en Europa, que cambiará fuertemente el panorama del mercado cripto en el continente.

Éste era el último de los trámites pendientes para que MICA entrara definitivamente en vigor. Sólo falta que se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea, previsto para este mismo mes de junio. A partir de ese momento, las empresas que comercien o asesoren en materia de criptoactivos tendrán un período de adaptación de entre 12 y 18 meses para cumplir con las exigencias de este Reglamento.

Llegado ese momento, el mundo mirará con lupa a Europa. El continente será convertida por derecho propio en la referencia del mundo cripto. Esto se debe al tener el honor y la responsabilidad de contar con el primer marco jurídico del mundo en la materia.

La MiCA ofrecerá seguridad y protección a los usuarios de criptomonedas

MICA está llamado a poner coto a las más groseras prácticas de abuso de mercado.

Por un lado, los potenciales usuarios y titulares de criptoactivos dispondrán por fin de información transparente y confiable sobre los proyectos en los que decidan invertir. Por otro lado, cualquier proveedor de servicios de criptoactivos (bancos, fondos de inversión, entidades de crédito, exchanges, custodios, carteras digitales y, en general, toda empresa que opere o asesore en materia de criptoactivos que no sean considerados instrumentos financieros) estará obligado a cumplir con determinadas requisitos prudenciales de capital.

Esto se realizará bien mediante recursos propios o bien mediante la contratación pólizas de seguro. Deberán de garantizar la devolución de la inversión en caso de pérdida por motivos ajenos a los estrictamente de mercado.

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) estarán encargadas de velar por su correcto funcionamiento. Además, contarán con la facultad de prohibir la actividad de estos proveedores de servicios de activos virtuales.

El wild west del mundo cripto ha llegado a su fin

Atrás quedaron los días del “lejano oeste”. Etiqueta que se había denominado al universo cripto al encontrarse desprovisto de una Autoridad que regule y supervise la emisión, oferta y negociación de criptoactivos. Su aprobación no puede ser más oportuna en un año de imperiosa necesidad para restablecer la confianza en un mercado ahogado reputacionalmente. Los cataclismos del segundo exchange más importante del mundo por volumen de trading, FTX, y de la red blockchain TERRA y su token LUNA, por malas praxis de mercado han minado la confianza en el sector.

Atajado este problema, el mercado de criptoactivos seguía contando con un segundo talón de Aquiles. Además, siempre se le ha considerado como un puerto seguro para los ciberdelincuentes y redes criminales internacionales. Esto se debe por su característico pseudo anonimato y la rapidez con la que se transfieren los flujos ilícitos de criptoactivos a escala mundial. Esto dificulta enormemente su rastreo y, por ende, su persecución y castigo por las autoridades policiales y/o judiciales.

Precisamente el mismo día de la aprobación de MICA, el Parlamento Europeo, plenamente consciente de que las transferencias de criptoactivos conllevan un mayor riesgo en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que las trasferencias de fondos tradicionales, aprobó una segunda Propuesta de Reglamento con una mayoría incluso más amplia (529 a favor, 29 en contra y 14 abstenciones) que, sin embargo, ha pasado más desapercibida.

El nuevo Reglamento TFR se inspiró en el Travel Rule

Se trata del Reglamento TFR (por sus siglas en inglés, Transfer of Funds Regulation) “relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos” e inspirado en la Recomendación 16 del GAFI sobre transferencias electrónicas, conocida popularmente como “Regla de Viaje” (“Travel Rule”), de aplicación en las trasferencias financieras. Dicho Reglamento eleva significativamente los estándares de cumplimiento normativo, fundamentalmente en materia de Know Your Client, a los proveedores de servicios de criptoactivos.

El Reglamento TFR obliga a estos proveedores de servicios, por un lado, a acompañar las transferencias de criptoactivos con determinada información. Tanto de sus clientes (“originantes”) como de los destinatarios (“beneficiarios”), antes incluso de permitir el inicio de la transacción, no ya de ejecutarla.

La aplicación será con independencia de su importe (a diferencia de las transferencias de fondos en dinero FIAT cuyo deber de verificación se encuentra situado en el umbral de los 1.000€); y por otro lado, a disponer de políticas, procedimientos y controles internos eficaces, basados en el riesgo, al objeto de garantizar la correcta obtención de esta información. El incumplimiento de ambas obligaciones dará lugar a la imposición de severas sanciones, así como a la retirada de la licencia para operar con criptoactivos.

La aplicación del MiCA y el Reglamento TFR atraerá la industria cripto a Europa

Con ambas medidas se pretenden incorporar las garantías ya presentes en las transacciones financieras a las transacciones de criptoactivos. De forma que estas últimas puedan ser en todo momento rastreadas, retrasadas e, incluso, bloqueadas para el caso de que se observaran patrones inusuales o sospechosos, así como puestas en conocimiento de la Unidad de Inteligencia Financiera correspondiente, si fuera el caso.

Qué duda cabe de que ambos Reglamentos suponen un paso de gigante para la seguridad jurídica de un mercado en auge que venía mereciéndolo años atrás. Esto protegerá al inversor y facilitará la expansión de este sector a nivel comunitario. La nueva regulación ha provocado que un gran número de empresas que operaban únicamente en Estados Unidos escojan el territorio europeo como base de operaciones. Tal es el caso Kraken en Irlanda, o el de Binance y Circle en París. Y esto es solo el principio.

Sobre el autor: Javier Cuairán

Javier Cuairán: Reglamento TFR de la MiCA en Europa

Javier Cuairán es abogado especializado en Derecho Penal Económico y Compliance. Se incorporó al Departamento de Penal Económico de ONTIER en 2016, tras haber desarrollado su carrera profesional en el Departamento de Derecho Penal del Bufete Barrilero y Asociados (2007-2008). Posteriormente, en el despacho penalista Urraza & Mendieta Abogados (2009-2016). Es un miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, siendo ponente en diferentes jornadas de Derecho Penal Económico.

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Javier Cuairán
Javier Cuairán es abogado especializado en Derecho Penal Económico y Compliance. se incorporó al Departamento de Penal Económico de ONTIER en 2016, tras haber desarrollado su carrera profesional en el Departamento de Derecho Penal del Bufete Barrilero y Asociados (2007-2008). Posteriormente, en el despacho penalista Urraza & Mendieta Abogados (2009-2016). Es un miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, siendo ponente en diferentes jornadas de...
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