España se prepara para una campaña de la Renta marcada por una intensa vigilancia hacia las criptomonedas, en un contexto donde estas inversiones han experimentado un auge notable incluso en instituciones financieras establecidas.
Y es que la creciente adopción por las divisas digitales, sumado a la complejidad de sus operaciones, ha llevado a la Agencia Tributaria a poner la lupa sobre este tipo de activos.
Claves fiscales de las criptomonedas en la declaración de la Renta 2025
José Antonio Romero, socio de fiscal de RSM y especialista en tributación, en una entrevista para el medio El Español resumió la situación con una frase simple pero contundente: “Existen muchas dudas sobre el impacto tributario de las criptomonedas”.
La afirmación no es menor, teniendo en cuenta que el número de ciudadanos con criptoactivos ha pasado del 4% en 2022 al 9% en 2024, especialmente entre los jóvenes de 25 a 39 años.
Romero califica la fiscalidad cripto como “un laberinto”, ya que las operaciones son diversas, intangibles y muchas veces carecen de referencias claras en el marco legal actual. Aunque el desarrollo normativo ha avanzado, el especialista recuerda que hasta hace poco no existía una jurisprudencia sólida ni pronunciamientos administrativos claros que sirvieran de guía.
Entre las principales implicaciones fiscales, destaca que las ganancias y pérdidas derivadas del intercambio de criptomonedas deben integrarse en la base imponible del ahorro del IRPF. Es decir, se consideran dentro del régimen de tributación directa. En cuanto a la tributación indirecta, la normativa actual reconoce a las criptomonedas como medios de pago digitales, por lo que su entrega o intercambio no está sujeta a IVA, y los servicios asociados a ellas están exentos.
Cómo afectan las criptomonedas a tu declaración de la Renta este año
Lo que sí está claramente definido son los tramos impositivos aplicables a las ganancias derivadas de operaciones con criptomonedas, ya sea por venta, intercambio o participación en procesos de ‘staking’.
A pesar de estos avances, aún hay muchos puntos sin resolver. El experto insiste en que el Derecho Tributario es lento por naturaleza y necesita tiempo para consolidar criterios que den seguridad jurídica. Mientras tanto, recomienda actuar con cautela, documentar correctamente las operaciones y estar atentos a nuevos cambios administrativos y judiciales.
Las primeras ganancias hasta los 6.000 euros tributan al 19%, y a partir de allí se aplican tasas progresivas: 21% hasta 50.000 euros, 23% hasta 200.000 euros, 27% hasta 300.000 euros, y un 30% para las que superen esa cifra. Este último tramo, además, refleja un incremento respecto al año anterior, cuando se aplicaba un 28%.

Romero también recuerda una de las novedades clave: la obligación de declarar criptomonedas en el extranjero a través del modelo 721. Solo aquellas plataformas que presten servicios de custodia de claves están obligadas a informar. Además, en el caso del minado de criptomonedas, se ha establecido que esta actividad no está sujeta a IVA, ya que no existe una relación directa entre el proveedor del servicio y el receptor.
La fiscalidad cripto en España está evolucionando, y cada año incorpora nuevas herramientas para mejorar el control. Aun así, el mensaje de los expertos es claro: precaución, conocimiento y asesoría especializada son claves para evitar errores costosos en la declaración de la Renta.
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