La nueva regla del Servicio de Impuestos Federales ya está en vigor, monitoreando transacciones superiores a R$ 5,000 (818 dólares) para individuos a través de Pix y tarjeta de crédito en exchanges de criptomonedas. Para personas jurídicas, las transacciones superiores a 15,000 reales (2,453 dólares) deberán ser reportadas.
La nueva regulación entró en vigor el 1 de enero de 2025 y está detallada en la Instrucción Normativa 2.219 de 2024 del servicio de impuestos. Esto significa que los operadores de tarjetas de crédito e instituciones de pago enviarán información financiera cada seis meses a las autoridades fiscales.
El alcance de las nuevas reglas a las instituciones
Según el Servicio de Impuestos Federales, el objetivo es supervisar y prevenir fraudes como no reportar montos movidos y no pagar impuestos:
“[Las medidas] refuerzan los compromisos internacionales de Brasil, contribuyendo a la lucha contra la evasión fiscal y promoviendo la transparencia en las operaciones financieras globales”, detalló el Servicio de Impuestos Federales en un comunicado.
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La regla amplía principalmente la obligación de enviar información al Servicio de Impuestos Federales a través del sistema e-Financeira, que es parte del Sistema Público de Escrituración Digital (Sped). Así, este sistema recopila y monitorea datos sobre operaciones financieras, como registros, aperturas y cierres de cuentas, transacciones financieras y pensiones privadas.
Anteriormente, la obligación de enviar datos al Servicio de Impuestos recaía en bancos públicos y privados, cooperativas de crédito e instituciones financieras. Estas instituciones ya reportaban información como saldos de cuentas, redenciones, inversiones y ganancias de aplicaciones financieras.
A partir de este año, la obligación se ha extendido para incluir a los operadores de tarjetas de crédito e instituciones de pago. Estas empresas, autorizadas por el Banco Central, ofrecen servicios como transferencias, recibos y emisión de tarjetas. Entre ellas se encuentran bancos digitales, plataformas de pago y grandes minoristas, como tiendas departamentales y mayoristas.
Límites y periodicidad
Las nuevas reglas obligan a la presentación de información cuando los montos mensuales movidos superen:
- R$ 5,000 para individuos (818 dólares).
- R$ 15,000 para personas jurídicas (2,453 dólares).
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Los datos deben ser reportados semestralmente:
- Hasta el último día hábil de agosto, cubriendo el primer semestre del año en curso.
- Hasta el último día hábil de febrero, cubriendo el segundo semestre del año anterior.
Así, e-Financeira informará al Servicio de Impuestos Federales sobre transacciones por encima de los límites, con pagos a través de Pix o tarjetas de crédito, a partir de agosto de 2025.
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