Mientras la UE arroja la ley MiCA contra el mercado cripto, el Salvador y Bitcoin siguen haciendo historia con un marco legal que abre la puerta a la tecnología blockchain y las criptomonedas. La Ley de Emisión de Activos Digitales llega al país centroamericano como un paso más tras la adopción de Bitcoin como moneda de curso legal.
¿Qué es la Ley de Emisión de Activos Digitales?
La finalidad de la Ley de Emisión de Activos Digitales (LEAD) es otorgar certeza jurídica a esta modalidad de operaciones de transferencia en emisiones de ofertas públicas. Establece requisitos y obligaciones de los emisores, proveedores de servicios de activos digitales, y demás participantes.
Mediante el Decreto Legislativo número 643 del 11 de enero de 2023, se reguló en El Salvador la emisión de activos digitales, disposición que entró en vigencia el 31 de ese mismo mes y año, luego de ser publicado oficialmente.
El nuevo marco legal prosigue a la Ley Bitcoin de 2021, que legalizó los activos digitales en el país, creando con ello un nuevo sector económico. De esta forma, El Salvador busca promover el desarrollo de este mercado en un ámbito de protección a los adquirentes de tales títulos.
Este permite generar mecanismos a las instituciones autónomas, al Banco Central de Reserva y al sector privado para realizar emisiones de ofertas públicas de tales activos. Todo esto en un mercado de financiamiento a través de estos activos que ha crecido en los últimos años.
Los activos digitales según la nueva Ley
El artículo 3 de la Ley de Emisión de Activos Digitales recoge definiciones aceptadas en el entorno global de los activos digitales. De esta manera, define:
“[Un activo digital es] una representación digital que puede almacenarse y transferirse electrónicamente, utilizando un sistema de Tecnología de Registro Distribuida, o tecnología similar o análoga, en la cual los registros se encuentran enlazados y cifrados para proteger la seguridad y privacidad de las transacciones.”

El alcance es bastante amplio al uso de las tecnologías para los casos de uso que se han venido desarrollando. Favorece el uso de activos digitales, definiendo como “característica esencial” de la Ley, “que los activos digitales pueden ser poseídos, intercambiados, transferidos, negociados y promovidos por personas naturales y jurídicas”.
Aclara también que “los activos digitales no se consideran valores”. No les serán aplicables las disposiciones propias de tales títulos contenidas en el Código de Comercio, la Ley del Mercado de Valores, la Ley de Títulos Valores Electrónicos, la Ley de Anotaciones Electrónicas de Valores en Cuenta o la Ley de Inversiones.
¿Se regulan las CBDC en esta legislación?
En su artículo 4, la Ley de Emisión de Activos Digitales es muy puntual al excluir del alcance de las disposiciones contenidas en la misma:
- Monedas digitales emitidas por los bancos centrales de otro país, jurisdicción o territorio;
- Los activos digitales que por ley se constituyan en moneda de curso legal en cualquier país, territorio o jurisdicción, y cuando el uso sea para el intercambio de bienes y servicios, exceptuando los bienes categorizados como activos digitales y los servicios establecidos en los artículos 19 y 26 de esta Ley;
- Los activos digitales que únicamente pueden ser intercambiados por un bien o servicio que es provisto por el emisor de ese activo digital o por un número limitado 3 de proveedores de ese bien o servicio;
- Activos digitales que no pueden ser negociados o intercambiados.
Terminología en la nueva Ley
Es conveniente revisar la terminología y conceptualización que la Ley de Emisión de Activos Digitales. En su artículo 5 se pueden encontrar los siguientes términos y definiciones: Activo de referencia, Billetera Digital, Certificador, Contrato Inteligente, Moneda Estable, Activo Digital Derivado, Activo Digital Subyacente, Dinero Escritural, Documento de Información Relevante, Emisor ya sea domiciliado o no en El Salvador.
Al mismo tiempo, se incluye: Oferta Pública de Activos Digitales, Oferta Pública de Deuda, Oferta Pública de Propiedad, Oferta Pública de Ingresos, Fondos, Integridad del Mercado, URL, Mercado Primario, Mercado Secundario, Nodo, Plataformas Digitales, Proveedor de Servicios de Activos Digitales domiciliados o no en El Salvador, Servicios de Activos Digitales, Reglas de Ofertas Públicas de Activos Digitales, Tecnología de Registro Distribuido y Token.

¿Qué organismos regulan la aplicación de la nueva Ley?
La Ley de Emisión de Activos Digitales, en los artículos 6, 7 y 8, creó la Comisión Nacional de Activos Digitales (La CNAD), institución autónoma encargada de la aplicación de las normativas, reglamentos y demás reglas de ofertas públicas de activos digitales; y respecto a las ofertas públicas de estos activos ponderará los derechos de los adquirentes y del público en general.
Además, se encargará de promover la innovación y la competitividad. También verificará que las emisiones de ofertas públicas de activos digitales se realicen de acuerdo con las obligaciones aplicables. De esta forma se asegura la integridad del mercado y la provisión de la debida información a los adquirentes.
La CNAD conforme al artículo 9 de la Ley de Emisión de Activos Digitales, tiene facultades para: fomentar y fortalecer las condiciones para el desarrollo del mercado de activos digitales en El Salvador; resolver sobre la habilitación de ofertas públicas; autorizar, suspender o cancelar ofertas públicas que violen la LEAD y sus reglamentos.
Al mismo tiempo, podrá administrar y actualizar los registros de los emisores, certificadores, proveedores de servicios de activos digitales y de las ofertas públicas de activos digitales; autorizar, suspender, revocar y cancelar el registro de los proveedores antes citados y de los certificadores, así como suspender negociaciones y operaciones de activos digitales.
Otras facultades incluye establecer mecanismos de salvaguarda de los activos digitales emitidos en las ofertas públicas; Inscribir y desinscribir a los emisores; establecer normas de buena conducta comercial y normas éticas que deban seguir los proveedores de servicios de activos digitales y sancionar posibles violaciones.
Por último, podrá certificar los documentos de Información relevantes cuando no existan entidades certificadoras autorizadas; dictar normas y estándares técnicos, así como guías e instructivos, aplicables a la LEAD y sus reglamentos; entre otras.
Preguntas frecuentes
¿Qué regulaciones existen para poder emitir activos digitales en El Salvador?
¿Cuál es el propósito de la Ley de Emisión de Activos Digitales?
¿Se han regulado los criptoactivos en El Salvador?
Descargo de responsabilidad
Descargo de responsabilidad: De acuerdo con las pautas de Trust Project, el contenido educativo de este sitio web se ofrece de buena fe y solo con fines de información general. BeInCrypto prioriza proporcionar información de alta calidad, tomándose el tiempo para investigar y crear contenido informativo para los lectores. Si bien los socios pueden recompensar a la empresa con comisiones por las ubicaciones en los artículos, estas comisiones no influyen en el proceso de creación de contenido imparcial, honesto y útil. Cualquier acción tomada por el lector en base a esta información es estrictamente bajo su propio riesgo.