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Tribunal Supremo de España Considera que Bitcoin No Es “En Modo Alguno” Dinero

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El Tribunal Supremo de España confirmó recientemente la primera condena por estafa con bitcoins en España. Sin embargo, en la sentencia se estipuló que el condenado pague a los damnificados en euros ya que consideró que los bitcoins “no son algo material ni tiene la consideración legal de dinero”.
El Tribunal confirmó la primera condena por estafa con criptomonedas en el país y le impuso al acusado una pena de dos años de prisión y la obligación de indemnizar a los damnificados.

Devuélveme Mis Bitcoins

Sin embargo, el Tribunal ha determinado que la indemnización deberá ser pagada en euros y no en bitcoins. Los defendidos solicitaron se les restituya el valor en bitcoins dado que este activo ha aumentado de valor desde la estafa, sin embargo el Tribunal rechazó este pedido argumentando que Bitcoin “en modo alguno es dinero, o puede tener tal consideración legal” por más que se acepte como contraprestación por las partes, es un “activo inmaterial”. Además el Tribunal argumentó que las víctimas no le dieron bitcoins al acusado, sino euros para adquirir estos activos, por lo cual estima deben restituirse dichos euros. Sin embargo añadió “por más que la prueba justificara que el contrato de inversión se hubiera hecho entregando los recurrentes bitcoins y no los euros que transfirieron al acusado, el Tribunal de instancia no puede acordar la restitución de los bitcoins”. El abogado defensor de cinco víctimas, Javier Maestre, declaró en un medio local Público, que el tribunal condenó al acusado a pagar el valor que tenían los bitcoins a la cotización del momento de la finalización de cada uno de los contratos que cada una tenía con el acusado. “Esto puede suponer un perjuicio para las víctimas, porque el bitcoin ha ido subiendo de precio, por lo que al estafador puede llegar a salirle rentable la estafa”, subrayó el abogado. “El estafador se ha quedado con los bitcoins y se ha beneficiado de las ganancias que han tenido esas unidades”, comentó luego.

Necesidad de un Sistema Regulatorio Claro

Al respecto de la clasificación del Tribunal, el abogado Maestre señaló que “es cierto que el bitcoin no es dinero, porque dinero es lo que la ley dice que es dinero, pero igual que sucede con el oro o la plata se puede utilizar como reserva de valor y, como dice el propio Supremo, como medio de pago”, e insiste en que “lo que entregaron las víctimas fueron bitcoins, no euros, por lo que no se entiende bien por qué el Supremo hace esta afirmación”. Maestre agregó “no se alcanza a ver el motivo por el que un activo inmaterial, que no es dinero, no puede ser objeto de restitución, cuando en la práctica es perfectamente factible”. El abogado además señala que “sería conveniente que nuestros jueces se formaran adecuadamente en las cuestiones relacionadas con las criptomonedas, el bitcoin y la tecnología blockchain, pues seguro que esta ocasión no es sino la primera de muchas en las que nuestros tribunales tendrán que ocuparse de estas cuestiones”. ¿Estás de acuerdo con el fallo del Tribunal Supremo o crees que deberían restituirse los bitcoins a pesar de que la ley española no los considere dinero? Déjanos tu opinión en los comentarios a continuación.
Imágenes cortesía de Shutterstock.

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Ani Salama
Ani es una economista especializada en mercados financieros y análisis técnico ubicada en Argentina. Desde 2010 ha trabajado como redactora y analista en el mercado Forex para luego sumergirse de lleno al mundo de las criptomonedas y blockchain. Ani obtuvo su Licenciatura en Economía en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. También estudió informática y se desempeñó como programadora para importante empresa de tecnología.
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