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Reguladores de EEUU evalúan imponer impuestos a los NFT

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Editado por Eduardo Venegas
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EN RESUMEN

  • El Departamento del Tesoro de Estados Unidos y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) buscan gravar algunas colecciones NFT.
  • Quieren gravar las colecciones NFT que sean enfocadas en el arte, no las piezas derivadas del metaverso.
  • De lograrlo, también se podría incluir impuesto sobre ganancias de capital sobre los NFT.
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El Departamento del Tesoro de Estados Unidos y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunciaron que están buscando incluir los tokens no fungibles (NFT) en la sección 408 (m) del código tributario como “objetos de colección”, que actualmente están excluidos en la definición de coleccionables.

El Departamento del Tesoro tiene la intención de emitir una guía relacionada con el tratamiento de ciertos NFT como coleccionables según el Código de Rentas Internas de la sección 408. De incluirlos en ese código, también se podría incluir impuesto sobre ganancias de capital sobre los NFT.

Fuente: IRS

El Código tributario enumera los coleccionables en:

  • Cualquier obra de arte
  • Cualquier alfombra o antigüedad.
  • Cualquier metal o gema.
  • Cualquier sello o moneda.
  • Cualquier bebida alcohólica.
  • Cualquier otra propiedad mueble tangible especificada por el Secretario para propósitos de esta subsección.

El IRS expone en un documento que busca emitir una guía para el tratamiento fiscal de “ciertos NFT”, como los coleccionables que pertenezcan a la Sección 408, y se enfocaría en incluir los NT de colecciiones privadas, pero no los respaldos de metaversos o parcelas de tierra virtual.

Para ello, el IRS y el Tesoro estarían recabando la siguiente información:

1. ¿Proporciona una definición precisa de un NFT o hay otros definiciones de NFT que deberían usarse en futuras guías?

2. Con respecto al análisis de transparencia:

a) ¿Hay instancias en las que haya preocupaciones con la aplicación del análisis? ¿y en cuál un análisis alternativo puede ser más apropiado?

b) ¿Qué cargas impone el análisis?

c) ¿Cómo podría aplicarse el análisis a una NFT con más de un activo o derecho asociado (por ejemplo, si uno de los derechos o activos asociados activos de un NFT es un coleccionable de la sección 408 (m) pero otro no es un artículo 408(m) coleccionable)?

d) ¿Cómo podría el holder de un NFT recibir beneficios adicionales? Derechos o activos (como NFT adicionales) debido a la propiedad del NFT (incluso en ausencia de un derecho contractual específico bajo el NFT) ser tratado?

3. ¿Hay otros factores a considerar al determinar si una NFT es un artículo 408(m) coleccionable?

a) ¿Qué factores podrían considerarse para determinar si un archivo digital constituye una “obra de arte” bajo la sección 408(m)(2)(A)?

b) ¿Qué factores podrían usarse para determinar si un activo es “material propiedad personal” bajo la sección 408(m)(2)(F), particularmente en el contexto de archivos digitales?

c) ¿Qué factores podrían ser relevantes si el derecho asociado del NFT es menor que propiedad total de un activo (por ejemplo, si el derecho asociado es simplemente uso personal de un archivo digital)?

4. ¿La aplicación de la sección 408(m) a una cuenta dirigida individualmente bajo un plan calificado plantean cualquier problema que no sean los planteados para el individuo cuentas de retiro?

A finales de 2022, Statista calculó que el número de usuarios de criptomonedas y NFT se disparará un 14% en 2023. Con esa evolución porcentual, llegará hasta los 344 millones de usuarios en todo el mundo. En NFT, hubo un crecimiento de usuarios del 22% en 2022 y se prevé que aumente otro 13% hasta los 50,3 millones en 2023.

Descargo de responsabilidad

Descargo de responsabilidad: en cumplimiento de las pautas de Trust Project, BeInCrypto se compromete a brindar informes imparciales y transparentes. Este artículo de noticias tiene como objetivo proporcionar información precisa y oportuna. Sin embargo, se recomienda a los lectores que verifiquen los hechos de forma independiente y consulten con un profesional antes de tomar cualquier decisión basada en este contenido.

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Eduardo Venegas
Soy un periodista con 14 años de experiencia en medios impresos y digitales, especializado en el periodismo de negocios. Estudié en la UNAM. Fui becario, redactor, reportero y editor en medios de negocios en México por 12 años, hasta que en el segundo semestre de 2021 me uní a las filas de BeInCrypto en Español como editor. En mi paso por los medios de negocio, pude conocer sobre el ecosistema de las criptomonedas de forma esporádica durante la gestación de le Ley FinTech en México en...
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