El gobierno argentino avanza en las adecuaciones para implementar los nuevos lineamientos del banco central; no obstante, “aprovechó” el auge de las criptomonedas con motivo de la pandemia, para extender los gravámenes.
El Gobierno de Argentina anunció el “Decreto 796/2021”, en donde estipula el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y “otras operatorias”, incluyendo cualquier operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares.
Así lo especifica el boletín oficial de la República Argentina:
“Las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.
El gobierno argentino sostiene que su decreto se basa en el nuevo marco del Banco Central, donde establecía que su nuevo sistema nacional de pagos, conocido como “Transferencias 3.0” debía terminar de implementarse el 29 de noviembre próximo “con todas las adecuaciones que sean necesarias”.
Recientemente, Matba Rofex, el principal mercado bursátil de futuros de Argentina, hizo conocer al público general los detalles de su plan presentado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina para poder comerciar con contratos de futuros y opciones de Bitcoin. Un ETF de Bitcoin aterriza en Argentina siguiendo la estela de otros países como la recién estrenada, Estados Unidos.
Argentina, el único de Latinoamérica en gravar las operaciones cripto
El gobierno argentino explica que el aumento de transacciones digitales, en todo tipo de monedas, se debió al distanciamiento social de la pandemia, lo que favoreció la expansión de las transacciones de pago por plataformas electrónicas. Detalla que las nuevas adecuaciones van en función de la regulación del banco central.
El gobierno lo explica de la siguiente manera:
“Resulta necesario adecuar la normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores y roles en función de lo dispuesto por la citada comunicación. Que, asimismo, deben actualizarse y armonizarse las exenciones para las cuentas de empresas que brindan el servicio de procesamiento y/o liquidación de pagos de terceros a través de diversos medios electrónicos, ya sea presencial como no presencial, tanto para el cobro de impuestos y servicios públicos, como de bienes y servicios”.
Recientemente, las sociedades de bolsa locales argentinas calcularon cerca de 2 millones de inversiones en criptomonedas en los últimos meses, ya sea en stablecoins o Bitcoin y Ethereum, las cuales son las favoritas de los ciudadanos argentinos, de acuerdo con el portal Télam.
Con la actual legislación, los agentes de liquidación y compensación (ALyC) pueden únicamente desarrollar actividades económicas, controladas por la fiscalización de la CNV, sobre todo en la compra y venta de activos, pero no pueden hacerlo con criptomonedas.
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