El Banco Central de El Salvador publicó los lineamientos que deberán cumplir los bancos, apps, plataformas y exchanges que decidan operan con Bitcoin en el país, los cuales deberán estar en cumplimiento antes del 7 de septiembre, cuando entra en vigor la Ley Bitcoin.
El Banco Central de Reserva de El Salvador publicó los lineamientos de monederos y normas básicas para facilitar la aplicación de la Ley Bitcoin en las entidades financieras interesadas en prestar servicios de conversión de la criptomoneda a dólares y viceversa.
El documento que emite los lineamientos será de aplicación para los bancos, bancos cooperativos, sociedades de ahorro y crédito que provean servicios de monedero en Bitcoin y dólares, es decir, las entidades deberán pedir autorización para operar con criptomonedas.
Los bancos o exchanges deberán informar al Banco Central sobre los productos a ofrecer, segmento y estudio de mercado, políticas para gestionar riesgos, costos, cargos, plazos, reglas y procedimientos de atención a los clientes, así como el nombre del contacto de la entidad solicitante.
Además, las entidades financieras deberán cumplir como sujetos obligados con la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos y aplicar normativas internacionales para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo internacional, y para ello deben contar con el software correcto para analizar las transacciones.
El Salvador avanza en implementación del Bitcoin como moneda opcional
Recientemente, el ministro de Hacienda de El Salvador, Alejandro Zelaya, reveló que con la entrada en vigor de la Ley Bitcoin el próximo 7 de septiembre, el uso de la criptomoneda será opcional, no obligatorio, ya que la circulación del dólar continuará con normalidad.
Después de entregar su solicitud, el consejo directivo del Banco Central tendrá 10 días para subsanar las observaciones y durante ese periodo se deberá entregar la documentación faltante y aclarado las observaciones. No obstante, la autoridad podría ampliar el plazo más días, cuando la naturaleza de las observaciones así lo dispongan.
Otros aspectos aclarados, son que las apps deberán permitir la conversión de dólar a Bitcoin y viceversa, además, los montos de los clientes deberán ser respaldados y respetados en todo momento y las cuentas serán suspendidas solo cuando sean abiertas con documentos falsos.
Podrán ser clientes de monederos cualquier residente o persona naturalizada como ciudadano de El Salvador. Cada administrador de cuenta únicamente puede abrir un registro de billetera digital con Bitcoin y dólares por cliente.
Los bancos deberán informar en todo momento al Banco Central sobre el sistema de pagos, mientras que éste cobrará por la vigilancia que ejerza sobre estos sistemas. Además, podrá revocar el permiso a bancos si incumplen el sistema de pagos y a usuarios, o caiga en incumplimientos graves que violen la ley.
El anuncio del Banco Central se da horas después de que el ministro de Hacienda descartara que haya algún tipo de sanción para quienes se nieguen a utilizar el Bitcoin como método de pago por productos o servicios. El gobierno de El Salvador tendrá 90 días para elaborar un nuevo reglamento, que coincide con el plazo de la entrada en vigor de la Ley Bitcoin; sin embargo, el reglamento no está listo.
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