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Banco Central de Argentina amplía sistema de pagos con código QR: ¿Y las criptomonedas?

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Editado por Eduardo Venegas
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EN RESUMEN

  • Comercios que tengan código QR para cobrar deberán aceptar pagos con cualquier monedero digital.
  • Entrará en vigencia desde el mes de septiembre.
  • La entidad, además, amplía el registro de proveedores.
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El Banco Central de Argentina (BCRA) dispuso que, a partir del mes de septiembre, los comercios que tengan código QR para cobrar con tarjetas de crédito deberán aceptar pagos con cualquier monedero digital. De este modo avanza en la interoperabilidad para ofrecer esa herramienta de pago, independientemente de la marca del QR que utilicen. El regulador monetario sostuvo que la norma apunta a mejorar la experiencia, tanto para las personas usuarias como para los comercios.

La entidad ha establecido en un comunicado los detalles de su “QR universal”.

“Los adquirentes y agregadores que ofrecen el servicio no podrán discriminar en las comisiones y plazos de acreditación de los fondos al comercio según la marca de monedero que ordenó el pago”.

En la misma resolución se estableció que cuando los adquirentes o agregadores también sean aceptadores de pagos con transferencia, deberán ofrecer a los comercios un único código QR que contemple todos los instrumentos de pago.

“De esta manera, la experiencia de pago será más amigable para las personas, ya que, hasta ahora la interoperabilidad de los QR estaba limitada a los pagos con transferencia (PCT)”.

La medida atiende al reclamo de los bancos, expresado el mes pasado mediante comunicados de Adeba y la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA). Las cámaras habían reclamado para que la interoperabilidad sea completa e incluyera también a las tarjetas de crédito.

Una fuente del sector bancario resumió al medio Ámbito el conflicto que viene a solucionar esta resolución.

“Esta norma viene a resolver una problemática que se les presentaba a los clientes a la hora de pagar con tarjetas de crédito y es que, por ejemplo, Mercado Pago solo permite pagar con tarjeta a través de su monedero, hasta ahora, si el QR que se escanea es de la empresa. Y, así, si se lee con MODO, por ejemplo, un QR de Mercado Pago, no se puede pagar con tarjeta”.

El economista especializado en medios de pago, inclusión financiera y bancarización Ariel Setton habló con el diario La Nacion. Aseguró que el beneficio es para el consumidor, porque de esta forma “puede olvidarse de tener dinero en múltiples aplicaciones y puede enfocarse en la que le dé mejores prestaciones o servicios”.

“Para los comercios también debería ser transparente: deberían quedarse con el proveedor de pagos que les dé mejor servicio y mejores condiciones comerciales. La complejidad se ve atrás de escena: en la conciliación de los pagos entre los distintos carriles y quién paga comisiones a quién”.

Por ahora, la determinación del BCRA no contempla a las criptomonedas. Algo que sí han aplicado otras plataformas, entendiendo los crecientes niveles de adopción que tiene Argentina.

El Banco Central de Argentina amplía el registro de proveedores

En lo que la entidad considera un paso para lograr más transparencia, la nueva disposición amplía el alcance del registro de proveedores de pago que se puede consultar en el sitio web del BCRA.

Desde ahora, también deberán registrarse:

  • Aceptadores: adhieren a comercios para permitirles cobrar con pago con transferencia (PCT) en el marco del programa Transferencias 3.0.
  • Adquirentes: adhieren a comercios para permitirles cobrar con tarjetas de débito, crédito y/o prepagas.
  • Agregadores o subadquirentes: proporcionan a comercios acceso al cobro mediante tarjetas de débito, crédito y/o prepagas, u otros instrumentos. Actúan como receptor de los fondos provenientes de las liquidaciones de estos instrumentos previa a la acreditación a comercios.

Además, se incluirán en el registro de PSP a las empresas de cobranza extrabancaria que brindan servicios de pagos, cobranzas de impuestos, servicios mediante el uso de efectivo y otros instrumentos de pago.

Por último, la normativa extiende a los PSP que inician transferencias inmediatas desde cuentas provistas por otros (iniciadores de pagos, PSI) la obligación de cumplir con las normas para este instrumento de pago. Una de las consecuencias más importantes será que los PSI deberán posibilitar a sus clientes realizar transferencias tanto hacia CBU como CVU. Es decir, como lo hacen actualmente las entidades financieras u otros PSP que ofrecen cuentas de pago a sus clientes.

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Víctor Zapata
Víctor es Periodista con más de 15 años de experiencia trabajando los medios de comunicación más importantes de Argentina y Latinoamérica. Se encuentra estudiando para Blockchain Developer, y encuentra fascinante sumergirse en el Periodismo acerca del ecosistema cripto.
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